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¿Me puedo divorciar si no estoy de acuerdo sobre la distribución de bienes gananciales?

Sí. El nuevo Código Civil y Comercial establece que en ningún caso el desacuerdo relativo a la distribución de los bienes impide el dictado de la sentencia de divorcio. La cuestión patrimonial puede ser diferida para una etapa posterior. Con la nueva ley, el juez dicta la sentencia de divorcio sin importar el destino de los bienes gananciales.

Esto se traduce en que al momento de presentar la demanda de divorcio, los cónyuges pueden optar por acordar respecto a los bienes o manifestar que los distribuirán en forma privada, o que no tienen nada que acordar respecto a ellos. La sentencia de divorcio produce la extinción de la comunidad de ganancias (sociedad conyugal) y la liquidación de los bienes se puede realizar con posterioridad, tanto en forma judicial como en forma privada (si hay inmuebles se deberá realizar por escritura pública).

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